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Espacio de la Procuraduría de los Derechos Humanos, para que la población conozca y defienda sus Derechos Humanos.
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Espacio de la Procuraduría de los Derechos Humanos, para que la población conozca y defienda sus Derechos Humanos.
El 17 de diciembre de 1985 la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Resolución 40/212 "invita a los gobiernos a celebrar todos los años, el 5 de diciembre , un Día Internacional del Voluntariado para el Desarrollo Económico y Social, y los exhorta a adoptar medidas para que se cobre mayor conciencia de la importante contribución que aporta el voluntariado, lo cual estimulará a más personas de toda condición a ofrecer sus servicios como personas voluntarias, tanto en sus países de origen como en el extranjero". En Guatemala, miles de jóvenes se movilizan cada año como voluntarios en diferentes espacios e instituciones, desarrollando diversas actividades que ponen de manifiesto su pleno interés por aportar a sus comunidades y la búsqueda de su desarrollo. Por lo anterior, en el marco de la pandemia COVID-19, desde PDH es necesario reconocer ese aporte que realizan las y los voluntarios, particularmente aquellos que lo hacen en la promoción y defensa de los derechos humanos.…
Información sobre las actividades que realizadas por parte de la Defensoría de las Personas la Diversidad Sexual durante el año 2020, dentro de las cuales se pueden mencionar: 1. Acompañamiento y seguimiento en casos remitidos al Ministerio Público por distintos delitos y faltas cometidas en contra de personas LGBTIQ+. Acciones de monitoreo a distintas instituciones públicas como COPREDEH, MP, INACIF, IDPP, MINTRAB, MINEDUC, MSPAS, entre otras, dentro de las cuales se da seguimiento a recomendaciones ya remitidas por parte de la Procuraduría de Derechos Humanos respecto a garantizar el respeto a los derechos de las personas LGBTIQ+, así como acciones positivas y avances para este sector de la población…
Sensibilizar sobre la importancia del papel que desempeñan las personas defensoras de derechos humanos en un Estado de Derecho, reconocida por la comunidad internacional a través de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los Derechos Humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos…
Guatemala ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante el Decreto 59-2008, en consecuencia, el Comité de Expertos de las Naciones Unidas que da seguimiento a referida Convención, evaluó al país sobre la implementación de la misma. La evaluación se realizó en Ginebra, Suiza el 22 y 23 de agosto de 2016, posteriormente por la vía diplomática a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 2 de septiembre de 2016, se trasladó oficialmente al Estado, las Observaciones y Recomendaciones, resaltando dentro de los motivos de preocupación el párrafo 11 “El Comité observa que el Estado parte todavía no ha llevado a cabo una revisión transversal de su legislación con el fin de armonizarla con la Convención y que prevalecen leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyen discriminaciones graves contra las personas con discapacidad” de tal cuenta en el párrafo 12 establece “El Comité recomienda al Estado parte a que lleve a cabo una completa revisión transversal de su legislación y de sus políticas a fin de armonizarlas con la Convención…” [1] De lo recomendado por el Comité de Expertos de las Naciones Unidas sobre el tema de discapacidad, es importante resaltar que sustantivamente solo se cuenta con la armonización de la ley de derechos conexos y derechos de autor, por lo que en el resto de leyes y políticas a la fecha se carece de la transversalización de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, lo que definitivamente puede repercutir en la no visibilización de este sector de población. [1] Observaciones generales del Comité de Expertos de las Naciones Unidas para Guatemala, ONU, 2016.…
Conceptos básicos sobre las personas periodistas que ejercen la defensa de los derechos humanos, en el marco del Día Internacional para poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas.
A través del Decreto Número 25-2009, se declara como “Día Nacional del Adulto Mayor” el día quince de noviembre de cada año, con la finalidad de reconocer a el aporte de las personas mayores a la consolidación de la democracia y al desarrollo social, cultural, económico y político del país. Es importante realizar incidencia en la sociedad guatemalteca para que se reconozca que el grupo de personas de 60 años y más en el transcurso de su vida desde diferentes perspectivas, espacios y ámbitos, siguen aportando de manera significativa al desarrollo del país, considerando apropiado que a través de un programa de radio se puede llegar a una diversidad de población que puede concientizarse sobre lo valioso que son esos aportes y reconocer que este grupo poblacional son sujetos de derechos…
En el caso de la privación de libertad de mujeres, se ha determinado que brindar condiciones óptimas para la salud y asistencia médica son dos factores determinantes en los procesos orientados al cumplimiento de los fines penitenciarios. Así, debe indicarse que la mayor población de mujeres privadas de libertad se encuentra en centros de detención que inicialmente fueron creados para reclusión de hombres, por lo que se tomaron ciertos sectores de estos para las mujeres, sin revisar ni ajustar ninguna condición mínima, invisibilizando la situación que se vive y, esencialmente, generando mecanismos de inaccesibilidad a la justicia y a la restitución de derechos. Estos factores son advertidos por los sistemas externos de observación. Es importante evidenciar que los procesos de documentación y seguimiento en temas de privación de libertad deben ser especializados, atendiendo a una serie de particularidades y criterios que pueden ser tomados de los estándares internacionales de los derechos humanos de las mujeres, o bien, establecidos por quienes realicen dichos procesos. Así, uno de los criterios mayormente admitidos es que las condiciones de privación de libertad de las mujeres suelen ir acompañadas por el incremento de factores de vulnerabilidad, atendiendo especialmente a la condición social estructural en que cada sociedad determina los roles sociales atribuidos a las mujeres A principios del año 2019, ONU MUJERES que es la Organización de las Naciones Unidas dedicada a promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, apoyando a los Estados Miembros de las Naciones Unidas en el establecimiento de normas internacionales para lograr la igualdad de género y trabaja con los gobiernos y la sociedad civil en la creación de leyes, políticas, programas y servicios necesarios para garantizar que se implementen los estándares con eficacia y que redunden en verdadero beneficio de las mujeres y las niñas en todo el mundo, se une a la Procuraduría de los Derechos Humanos, para la realización de una consultoría junto con la Defensoría de las Personas Privadas de Libertad y visibilizar la problemática de las mujeres privadas de libertad en el sistema penitenciario guatemalteco, que no presenta avances en cuanto al modelo de gestión penitenciaria para mujeres, y no realiza la eliminación de prácticas culturales y sociales de subordinación dentro de las cárceles. Es por ello que en este Monitoreo se verificó el avance en el cumplimiento de las recomendaciones realizadas en Situación de Mujeres Privadas de Libertad, sus hijos e hijas frente a la violencia de Género, las Infecciones de transmisión sexual (ITS) y el virus de inmunodeficiencia humana (VIH).…
La Procuraduría de los Derechos Humanos, ha señalado durante los últimos años la precaria situación que se vive dentro de los Centros Penales y ha realizado constantes recomendaciones a la atención médica y condiciones carcelarias de las personas privadas de libertad en las Supervisiones, Monitoreos y verificaciones que se realizan por la Defensoría de las Personas Privadas de Libertad –PL-. La Subdirección Operativa de la Dirección General del Sistema Penitenciario, indica que al día lunes 5 de octubre 2020, hay una población de 25,723 privados y privadas de libertad cohabitando las diferentes cárceles adscritas a la Dirección General del Sistema Penitenciario, población que se redujo en más de 500 privados de libertad, favorecidos con los Incidentes de Redención de Penas por buena conducta, trabajo y estudio. La PDH ha realizado recomendaciones a la Dirección General del Sistema Penitenciario en cuanto a la solución de la problemática del hacinamiento, Servicios Médicos y Sanitarios (acceso al sistema nacional de salud); que los Directores de Centros Penales, en tiempos de Pandemia Covid 19, den autorización para el ingreso de medicamentos debidamente prescritos; Implementación de controles sanitarios para el manejo adecuado de los medicamentos y que realicen Coordinaciones con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, para la realización de pruebas dentro de los Centros Penales…
La Defensoría de las Personas Trabajadoras tiene como finalidad promocionar e implementar lineamientos para la defensa, protección, investigación y promoción de los derechos humanos de las personas trabajadoras, lo cual se realiza, atendiendo al principio de tutelaridad y otros principios y características contenidas en el Código de Trabajo, y Acuerdos del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social IGSS que benefician a los trabajadores que aportan la cuota laboral para poder gozar de los beneficios que esa Institucion ofrece a sus afiliados. En ese sentido, es de gran importancia la difusión y promoción de los derechos laborales en esta oportunidad de seguridad social, para que las personas trabajadoras tengan conocimiento de éstos y los hagan exigibles; además que con ello se fomenta la cultura de denuncia y se sensibiliza a la población en general sobre el tema.…
Guatemala ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad mediante el Decreto 59-2008, en consecuencia el Comité de Expertos de las Naciones Unidas que da seguimiento a referida Convención, evaluó al país sobre la implementación de la misma. La evaluación se realizó en Ginebra, Suiza el 22 y 23 de agosto de 2016, posteriormente por la vía diplomática a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, con fecha 2 de septiembre de 2016, se trasladó oficialmente al Estado, las Observaciones y Recomendaciones, resaltando dentro de los motivos de preocupación el párrafo Derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad 53 “El Comité muestra su preocupación por el alto número de niños y adultos con discapacidad detenidos en instituciones…... Además, expresa también su preocupación en relación con un gran número de niños y niñas que hoy se encuentran detenidos en instituciones, muchos de los cuales tienen una discapacidad. Asimismo el Comité nota con preocupación la falta de servicios diseñados para satisfacer sus necesidades en las comunidades locales a fin de que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente. Además al Comité le preocupa la falta de apoyo a las familias de los niños y niñas con discapacidad para asegurar que puedan permanecer en el entorno familiar…
Derivado a que en el presente año, a nivel mundial se ha experimentado los efectos de la Pandemia COVID-19 y siendo las personas mayores catalogados como de uno de los que durante este brote representa una grado más alto de vulnerabilidad ante su contagio, la Organización de Naciones Unidas propone que se aborde el tema relacionado con Pandemias: ¿cambian la forma en que abordamos la edad y el envejecimiento?, por lo que se considera que la Defensoría de las Personas Mayores puede concientizar a los oyentes sobre la necesidad de repensar el abordaje de las políticas públicas que inciden en el respeto de los derechos humanos…
el 28 de Septiembre, la Procuraduría de los Derechos Humanos, presentó el Informe de la Situación del Derecho Humano de Acceso a la Información publica en Guatemala 2020. Los documentos que se mencionan en este informe, se pueden descargar desde nuestra pagina web, www.pdh.org.gt, en el apartado de la SECAI.…
El Protocolo de Palermo define la trata de personas en su artículo 3 como: “la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esta explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.” Por sus características sociodemográficas, Guatemala es un país que facilita el origen, tránsito y destino de víctimas de trata de personas. Aunque las estadísticas no reflejan la realidad de la explotación sexual y trata de personas en el país, y mucho menos el daño que les causa a las víctimas. En ese sentido, y atendiendo el mandato de la Procuraduría de los Derechos Humanos y las funciones de esta Defensoría, resulta importante conmemorar el Día Internacional contra la Explotación Sexual y el Tráfico de Mujeres, Niños y Niñas, informando a la población en general la situación de trata de personas, los avances y retrocesos que han existido para la prevención, atención, protección y acceso a la justicia de las víctimas de trata…
A pesar que la Procuradurìa de los Derechos Humanos a través de la Defensoría de Pueblos Indígenas ha realizado una variedad de recomendaciones al Ministerio de Salud y Asistencia de salud para que pueda brindar una atención con pertinencia cultural y el derecho a la salud con medidas específicas que cumplan normas de atención con pertinencia cultural. Así mismo que aún no se ha lograr establecer una comunicación fluida con el Ministerio de Salud y Asistencia social con autoridades indígenas y comadronas de los cuatro pueblos, ya que este es un tema clave ya que a través de estos se puede lograr conseguir dar información más fluida en los idiomas maternos de cada comunidad y así informar de manera integral a toda la población sobre las medidas que se deben tomar por la pandemia COVID -19. En tema de salud se debería brindar una atención integral a los pueblos indígenas ya que se debe generar credibilidad dentro de los pueblos y en ese aspecto se puede notar el trabajo que las comadronas realizan dentro de las comunidades, tomando un papel importante no solo dentro del tema de salud si no como es en algunos casos representantes de las comunidades indígenas al as que pertenecen, estas sirven de interlocutoras entre el sistema de salud y el pueblo, pero lamentablemente esta interacción es poca o nula en algunos lugares.…
En Guatemala, las personas de la diversidad sexual enfrentan problemáticas variadas a consecuencia de su orientación sexual o identidad de género en una sociedad machista, patriarcal, conservadora e influenciada por corrientes religiosas o culturales que se expresan en exclusión, trato desigual y violencia basados en prejuicios y odio. [1] A pesar de ello, en Guatemala no se cuentan con leyes que regulen de forma especifica la violencia basada en la orientación sexual identidad de género o expresión de género de la víctima. Además, no se cuentan con una ley que reconozca la identidad de género de las personas trans, los parámetros para el reconocimiento de este derecho, se encuentra en la Opinión Consultiva 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La discriminación por orientación sexual, identidad de género o expresión de género, es decir la discriminación en contra de las personas LGBTIQ+ puede ser penalizada en Guatemala, derivado a que dentro del artículo 202 Bis del Código Penal Guatemalteco relativo al delito discriminación, se enlistan una serie de motivos prohibidos de discriminación finalizando con cualquier otro motivo, razón o circunstancia. Sin embargo, no se tienen registros de sentencias por órganos jurisdiccionales competentes en casos de discriminación a personas LGBTIQ+. Esto por que el delito de discriminación a menudo busca ser conciliado por el Ministerio Público, a pesar de la cantidad de casos de discriminación en el país. El reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI, es un factor fundamental para alcanzar la igualdad, la dignidad y la no discriminación, así como para combatir la violencia a que estas personas están sometidas. El reconocimiento jurídico proporcionado por leyes que garantizan derechos y deberes ocurre usualmente, como consecuencia del reconocimiento conferido, previamente por la sociedad; pero el reconocimiento y protección de los derechos humanos, no se puede supeditar a la aceptación social. [2] --- [1] PDH. Informe Anual Circunstanciado de Actividades y de la Situación de los Derechos Humanos. Pág. 29. [2] PDH. Informe Anual Circunstanciado de Actividades y de la Situación de los Derechos Humanos. Pág. 245.…
15 de junio, Día de la Toma de Conciencia del Abuso y Maltrato hacia las personas mayores. La Defensora de las personas mayores, Teresa Maldonado, nos acompañó para exponer sobre este tema.
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